1. De la matrícula
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El número mínimo de créditos para mantener la condición de estudiante regular, es el 10% de créditos del Plan de estudios vigente.
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En cada ciclo académico los estudiantes se matriculan en todas las asignaturas de acuerdo a su nivel en el plan de Estudios de su Escuela Profesional, en un máximo de 50 créditos en el régimen anual y en el régimen semestral hasta 25 créditos, según el plan correspondiente.
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El estudiante que desaprueba una asignatura que es pre requisito de otra, necesariamente tiene que matricularse en aquella al año académico siguiente.
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El estudiante que desapruebe cuatro o más asignaturas en el ciclo académico cursado, se matrícula en el ciclo académico siguiente, solo en las que desaprobó, incluyendo aquellas en las que no se presentó.
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Si un estudiante se matricula indebidamente en un curso, sea porque desaprobó los pre requisitos o excede el número de créditos, la matrícula es nula de oficio.
2. Matrícula de ingresantes a la universidad
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Si un estudiante no desea iniciar sus estudios en el año en que logró ingresar a la universidad, luego de obtener su constancia de ingreso, puede solicitar reserva de matrícula por un año académico ante su Facultad, previo pago de matrícula.
3. Reactualización de matrícula
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Si no te matriculaste en un año tienes que pedir una reactualización de matrícula pero por medio de una resolución decanal hasta máximo 9 años 11 meses 30 días. Si pasas eso tienes que hacer un trámite en el vicerrectorado académico.
4.Rectificación de matrícula
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Es un derecho que tiene el estudiante matriculado para ingresar y/o retirarse de una o más asignaturas, pudiendo sustituirlas o no por otras de acuerdo a su Plan de Estudios, y/o cambiar de sección dentro de los plazos establecidos que fija la universidad.
5.Retiro de Matricula
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Un estudiante matriculado puede retirarse del año de estudios, de un semestre ó año académico, por causa debidamente justificada, antes de haberse concluido el 51% del dictado de las asignaturas. No pierde su condición de estudiante regular. Se le reconocerá aquellas asignaturas que hubiere aprobado en el ciclo académico correspondiente.
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(Art. 41) No procede el retiro de la matrícula si el estudiante no tiene un rendimiento académico satisfactorio.
6. Reserva de matrícula
Un estudiante puede solicitar reserva de matrícula por uno o dos semestres o un año académico, pero sólo tendrá validez con la respectiva Resolución de Facultad, Debe solicitarlo durante las 4 primeras semanas de concluida la matrícula regular. No se requiere matrícula previa, a excepción de los ingresantes.
7. Cancelación de matrícula
El derecho a continuar estudios en la universidad se pierde por las siguientes causales:
a) Haber desaprobado por 3 veces la misma asignatura.
b) No cumplir con aprobar por tercera vez el 10% del total de créditos del Plan Curricular de la carrera que estudia en la facultad.
8. Pérdida de la gratuidad de la enseñanza
La gratuidad se pierde cuando un alumno es desaprobado en una asignatura, debiendo abonar un derecho por cada crédito por curso, en una tasa que se fija anualmente y que será simple para la segunda matrícula y doble para la tercera.
El estudiante que aprobó menos de 21 créditos en el año académico anterior tiene que pagar por el total de cursos que se matricula de acuerdo a las tasas establecidas para cursos desaprobados.
9. Ampliación de crédito
La ampliación de créditos es un derecho del estudiante, se requiere que el estudiante tenga un promedio ponderado no menor a trece (13), la condición de que no tenga asignatura desaprobada en el ciclo académico anterior, dichas asignaturas no deberían interferir con su horario regular y el sistema de pre requisitos. Se ejecuta en el período académico solicitado siendo el máximo de 04 créditos por semestre y 08 créditos anuales.
10. Cursos de nivelación y adelanto
El Ciclo Vacacional de Nivelación es opcional para los estudiantes, solamente lo pueden llevar aquellos estudiantes que estuvieron matriculados en los respectivos cursos y que fueron desaprobados con nota mínima de siete (07).
Ø El Ciclo Vacacional de Adelanto, deberá tomarse como base de información el record académico actualizado o la boleta de notas del ciclo académico anterior inmediato, debiendo cumplir con los siguientes requisitos:
Tener la condición de invicto.
Podrá matricularse hasta en un máximo de cuatro (04) asignaturas por ciclo vacacional si pertenece al Régimen Semestral.
Fijar en seis (06) cursos como máximo para adelantar asignaturas durante su carrera profesional.
* (Art. 14) Para que un curso se dicte en ciclo Vacacional de Nivelación y Adelanto de asignaturas es indispensable un mínimo de estudiantes matriculados que no debe ser menor a ocho (08) y que hayan abonado la tasa correspondiente y que deseen llevar las asignaturas en el ciclo respectivo, abonen el importe equivalente a 08 estudiantes. En el caso de los estudiantes del último ciclo académico, las asignaturas del ciclo vacacional podrán dictarse con un número de estudiantes menor a la modalidad más conveniente.
* (Art. 17) El estudiante que al final del ciclo vacacional NIVELACIÓN Y ADELANTO DE ASIGNATURAS tenga más del 30% de inasistencias sobre el total de horas programadas, estará impedido de rendir examen final.
11. Convalidación de asignaturas
Es un proceso al cual se acogen los estudiantes de traslado interno y externo, siempre y cuando la asignatura a ser convalidada cumpla con el 75% de contenidos y el creditaje sea igual o mayor a la asignatura a convalidar. Los bachilleres provenientes de otras universidades no necesitan convalidación
12. Cursos de regularización
Exclusivamente para egresados que adeudan hasta cuatro (04) asignaturas en las que no registran matrícula o hayan obtenido las notas cero (00) en ellas. Para el caso de cursos de regularización no se requiere de un número mínimo de estudiantes.
13. Evaluación
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13.1 Asistencia a clases
(Art. 36) Si un estudiante acumula 30% de inasistencias injustificadas totales durante el dictado de una asignatura, queda inhabilitado para rendir examen final, y es desaprobado en la asignatura y, sin derecho a rendir examen de aplazado.
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13.2 Examen Sustitutorio
(Art. 32) El estudiante que no obtenga promedio aprobatorio en una asignatura, podrá acogerse al examen sustitutorio, cuyo resultado sustituye a la nota más baja.
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13.3 Examen de Aplazado
(Art. 33-36) Los estudiantes que al término del ciclo académico, obtengan nota desaprobatoria podrán rendir examen de aplazado como última oportunidad para aprobarlo.
* Los exámenes de aplazados se rinden en la fecha programada en el calendario Académico, hasta un máximo de tres asignaturas desaprobadas en el ciclo académico anterior. La nota del examen de aplazado se promedia con la nota final del curso. Los estudiantes que no se presenten son automáticamente desaprobados, y se les califica con el promedio final obtenido.
* El estudiante que al término del ciclo académico tiene cuatro o más cursos desaprobados, repite automáticamente el mismo ciclo académico. Los cursos aprobados mantienen su nota. No están en la condición de repitentes, los estudiantes que desaprueben menos de cuatro asignaturas en cada semestre.
* Los cursos que no logran promedio aprobatorio después de los exámenes de aplazados, se denominan cursos desaprobados. Los cursos desaprobados exigen una nueva matricula, la asistencia a clases y el cumplimiento de todas las obligaciones académicas que demanda la asignatura.
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13.4 Exámenes de Subsanación
El estudiante que para concluir sus estudios profesionales tuviere desaprobado dos (02) asignaturas semestrales, que no sean pre requisito entre ellas podrán rendir un examen especial que se denomina Subsanación, en dos fechas: marzo o setiembre. Los cursos de Prácticas Pre Profesionales y Seminario de Tesis no serán considerados en subsanación.
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13.5 Sistema de evaluación
El sistema de evaluación comprende, según la naturaleza de la asignatura las siguientes modalidades:
a) Exámenes orales o escritos
b) Prácticas calificadas
c) Informes de Laboratorio
d) Informes de Practicas de campo
e) Seminarios calificados
f) Exposiciones
g) Trabajos monográficos
h) Investigaciones bibliográficas
i) Participación en trabajos de investigación dirigidos por profesores de la asignatura.
j) Otras que se crea conveniente, de acuerdo a la naturaleza de la asignatura.
Asimismo, al término del ciclo académico los estudiantes obtienen un promedio final que comprende todas las notas obtenidas en el curso. El promedio aprobatorio es 11. Las fracciones decimales se tratan de la siguiente manera: menor de 0.49 se elimina; 0.50 ó mayor se considera un punto.
14. Prácticas Pre profesionales
Las prácticas pre profesionales debe estar considerada dentro del Plan Curricular, asignándole no menos de 12 créditos. Asimismo, cada Facultad reglamentará las prácticas pre profesionales de acuerdo a las características propias de la escuela profesional y especialidad respectiva.
15. Actividades extracurriculares
Los estudiantes deben acreditar ocho créditos extracurriculares como requisito para optar el título profesional.
18.1 (Art. 56) La Facultad organizará cursos con un mínimo de cuatro créditos extracurriculares, los créditos restantes podrán ser considerados por los organizados por otras dependencias de la UNFV u otras instituciones de reconocido prestigio, siempre y Cuando estén relacionados con la carrera profesional del estudiante y figure el número de horas en las que se desarrollaron.
18.2 Los cursos extracurriculares son autofinanciados. El costo por crédito es de S/. 25.00.
18.3 (Art. 58) El valor asignado a los créditos extracurriculares se establecerá de acuerdo a la siguiente escala. Las actividades extracurriculares de carácter internacional también se sujetarán a esta escala:
Actividad extracurricular |
|
Créditos |
Total de horas |
0.5 |
De 10 a 15 |
1 |
De 16 a 20 |
1.5 |
De 21 a 30 |
2 |
De 31 a 40 |
2.5 |
De 41 a 50 |
3 |
De 51 a 60 |
3.5 |
De 61 a 70 |
4 |
De 71 a 80 |
4.5 |
De 81 a 90 |
(Art. 60) También se considerarán como actividades extracurriculares las siguientes:
a) Las actividades que realicen los estudiantes como integrantes del equipo de investigación que oficialmente desarrolla el personal docente de la universidad, asignándole tres créditos extracurriculares por año, previa certificación del director de investigación de la facultad.
b) Los certámenes organizados por los colegios profesionales de la especialidad en la que se encuentra el estudiante, debiendo acreditarse la certificación por la autoridad competente.
c) Solo se otorgará créditos extracurriculares a los estudiantes que queden - en los certámenes deportivos y culturales - en primer y segundo lugar, ya sea en forma individual o grupal.
